Deducibilidad del gasto por redondeo de céntimos en la facturación al contado

El artículo 4 de la Circular 002-2011-BCRP emitida por el Banco Central de Reserva del Perú prevé que, se procederá al redondeo sólo para los pagos en efectivo y sobre el monto a pagar,  tomando en cuenta como referencia lo dispuesto por el artículo 44 del Código de Protección y Defensa del Consumidor.

Cabe anotar que, las circulares constituyen disposiciones de carácter general que establece el Banco Central de Reserva del Perú al amparo de su Ley Orgánica; asimismo, estas normas son de cumplimiento obligatorio para todas las entidades del sistema financiero, así como para las demás personas naturales y jurídicas cuando corresponda.

De otro lado, el artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta establece que, a fin de determinar la renta neta se deducirá de la renta bruta, los gastos necesarios para producirla, en tanto el gasto no este expresamente prohibido por ley.

Sobre el particular, la Corte Suprema en la Casación Nº 17082-2021, publicada el 26/07/2023, ha señalado que,  para efectos de establecer si un gasto puede ser deducible para efectos del impuesto a la renta, deben observarse los siguientes criterios:

a)Los gastos deben tener como finalidad la generación de rentas (causa subjetiva).

b)Los gastos deben tener una vinculación objetiva con las actividades empresariales (causa objetiva).

Agrega, la Corte Suprema que, no todos los gastos que realice el contribuyente pueden ser considerados como gastos deducibles del impuesto a la renta, sino solamente aquellos en los que razonablemente se haya acreditado una vinculación con las actividades de la empresa y que tengan como finalidad la generación de rentas. Dicho de otro modo, los gastos que no estén vinculados a las actividades de la empresa y/o que no tengan como finalidad la generación de rentas gravadas.

Estando al criterio jurisprudencial citado, el cargo que se genera por efecto del redondeo constituye un gasto deducible en la determinación del Impuesto a la Renta por cuanto cumple con el criterio de causalidad objetiva ya que el redondeo del precio en el cobro se generan en virtud  de las actividades de la empresa y en aplicación de la Circular 002-2011-BCRP antes citada.

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